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ARTÍCULO 171.

Artículo derogado por el artículo 22 de la Ley 29 de 1973, publicada en el Diario Oficial No. 34.007 del 25 de enero de 1974.

legislacion anterior (1).png

L.A. del Artículo 171.

El Consejo Superior de la Administración de Justicia comunicará al respectivo Tribunal los nombres de quienes hayan aprobado el concurso, con sus antecedentes y calificación.