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ARTÍCULO 214. NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN.
La Resolución se notificará por edicto que se fijará durante cinco días en la Secretaría de la Su...
ARTÍCULO 213. PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO.
Si en el acta aparecieren cargos, se correrá traslado de ellos al Notario afectado, para que dent...
ARTÍCULO 212. MEDIOS DE LA VIGILANCIA NOTARIAL.
La vigilancia notarial se ejercerá principalmente por medio de visitas generales y especiales: L...
ARTÍCULO 211. IRREGULARIDADES.
Quien quiera que tenga conocimiento de irregularidades en el servicio notarial, podrá formular la...
ARTÍCULO 210. OBJETO DE LA VIGILANCIA.
La vigilancia tiene por objeto velar porque el servicio notarial se preste oportuna y eficazmente...
ARTÍCULO 209. VIGILANCIA.
La vigilancia notarial será ejercida por el Ministerio de Justicia, por medio de la Superintenden...
ARTÍCULO 208. COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS ASUNTOS DISCIPLINARIOS.
El conocimiento de los asuntos disciplinarios corresponde a la Vigilancia Notarial. Ley 1952...
ARTÍCULO 207. ACCIÓN DISCIPLINARIA.
La acción disciplinaria y las sanciones procederán aun cuando el Notario haya hecho dejación del ...
ARTÍCULO 206. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA.
La acción disciplinaria prescribirá en cinco años, contados desde el día en que se cometió el últ...
ARTÍCULO 205. APRECIACIÓN DE PRUEBAS.
Las pruebas serán apreciadas conforme a las reglas de la sana crítica. Ley 1952 de 2019. ...
ARTÍCULO 204. SANCIONES DISCIPLINARIAS.
Las sanciones disciplinarias se aplicarán teniendo en cuenta la naturaleza de la falta, el grado ...
ARTÍCULO 203. DESTITUCIÓN.
La destitución se aplicará, como primera sanción, en caso de falta muy grave, y como consecuencia...
ARTÍCULO 202. SUSPENSIÓN EN EL CARGO.
La suspensión en el cargo hasta por seis meses, podrá imponerse frente a falta grave o a reincide...
ARTÍCULO 201. MULTAS.
La multa consiste en la obligación de pagar al Tesoro Nacional una suma no menor de trescientos p...
ARTÍCULO 200. PROCESO DISCIPLINARIO.
Cuando la falta, a juicio de la autoridad competente para el proceso disciplinario, no diere luga...
ARTÍCULO 199. SANCIONES.
Independientemente de las sanciones penales a que hubiere lugar, a los Notarios que incurran en l...
ARTÍCULO 198. FALTAS DISCIPLINARIAS.
Son conductas del Notario, que atentan la majestad, dignidad y eficacia del servicio notarial, y ...
ARTÍCULO 197. INDEMNIZACIÓN.
La indemnización que tuviere que pagar el Notario por causas que aprovechen a otra persona, podrá...
ARTÍCULO 196. IRREGULARIDADES IMPUTABLES AL NOTARIO.
Cuando se trate de irregularidades que le sean imputables, el Notario responderá de los daños cau...
ARTÍCULO 195. RESPONSABILIDAD CIVIL.
Los Notarios son responsables civilmente de los daños y perjuicios que causen a los usuarios del ...