ARTÍCULO 219. DETERMINACIÓN DE LA CUANTÍA.

Cuando la cuantía de un acto o contrato se determine por el valor de un inmueble y el que estimaren las partes fuere inferior al avalúo catastral, los derechos se liquidarán con base en este.


Revision #1
Created 23 April 2024 20:24:38 by Jaime Romero Amador
Updated 23 April 2024 20:24:38 by Jaime Romero Amador